
Ordenanzas Nº 1093
ORDENANZA N°1093/25 - DESAFECTACION VEHICULOS
VISTO :
Que desde el Departamento Ejecutivo Municipal se ha considerado oportuno y procedente adoptar medidas inmediatas y concretas respecto del estado actual de determinados vehículos y maquinarias que, formando parte del parque vial y automotor del Municipio de María Grande, ya no se encuentran en condiciones de uso normal y adecuado, o en su defecto su mantenimiento y conservación demanda gastos excesivos que resultan imposibles de afrontar dentro del contexto económico que se atraviesa; y
CONSIDERANDO :
Que en vista de los antecedentes obrantes sobre asuntos de esta misma materia, similar situación se ha presentado en anteriores oportunidades con otras unidades municipales afectadas a servicios de mantenimiento y demás tareas que se desarrollan a cargo de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de este Municipio, resultando de ello la sanción de las Ordenanzas N° 973/23 y N° 1025/24 por parte de este Honorable Concejo Deliberante;
Que haciendo referencias más específicas en cuanto a los motivos y alcances de la presente, vale señalar que han sido sometidas a reiteradas revisiones técnicas y mecánicas las unidades identificadas como vehículo utilitario Marca Renault - Modelo Kangoo Express Grand Confort 1.9 - Tipo Furgón - Dominio FSM736 - Año 2006 - y la maquinaria Pala Cargadora Frontal Marca Michigan - Modelo Clark 55BCUM - Año 1986 - equipada con Motor Marca Cummins - Balde de carga de 2,5 m³ - Rodado 20x5.25 C/Cabina, habiendo sido esta última adquirida en condición de usada por el Municipio de María Grande a la firma PODVERSICH VÍCTOR Y DARÍO S.H. en el marco de la Licitación Privada 05/12 llevada adelante a tales efectos;
Que en el caso de la unidad citada en primer orden, se han procurado por diferentes medios y alternativas lograr su adecuado funcionamiento y realizado reiteradas reparaciones mecánicas y de autopartes, sin que esto haya sido posible debido a su estado de deterioro y la necesidad de hacer recambios significativos en su mecánica integral y motorización;
Que en el mismo orden, la pala de carga frontal a que se hace referencia en el considerando precedente también presenta inconvenientes en cuanto a los altos costos que demanda su mantenimiento, sumado a que es una maquinaria de gran porte y por lo tanto resulta compleja su adaptación para la realización de trabajos municipales de baja o mediana envergadura dentro de la planta urbana de la ciudad, sin perjuicio de que al momento de haber sido adquirida significara una incorporación importante y necesaria por sus prestaciones para el desarrollo de trabajos de otra índole que en anteriores oportunidades fueran llevados a cabo a través del parque vial municipal;
Que en razón de las consideraciones expresadas y procurando arribar a soluciones definitivas en estos aspectos, ha sido evaluada la posibilidad de desafectar ambos bienes mencionados del patrimonio municipal y consecuentemente que el Honorable Concejo Deliberante autorice su venta de acuerdo a los procedimientos que el Departamento Ejecutivo estime más convenientes a los intereses municipales;
Que atendiendo cuestiones de orden público para el conjunto de la comunidad y en virtud de las disposiciones en vigencia, corresponde la intervención del Honorable Concejo Deliberante en todo lo que respecta a la enajenación de bienes privados del Municipio, conforme lo regulado por el Inc. r) de la Ley N° 10.027 - Régimen de Municipios de la Provincia de Entre Ríos y sus modificatorias;
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A:
Artículo 1º.- Dispónese, por los considerandos precedentemente expresados, la desafectación del parque de vehículos y maquinarias que conforman el Patrimonio de Bienes de la Municipalidad de María Grande, de las unidades cuyos datos seguidamente se consignan:
-  Vehículo utilitario Marca Renault - Modelo Kangoo Express Grand Confort 1.9 - Tipo Furgón - Dominio FSM736 - Año 2006.
-  Máquina Pala Cargadora Frontal Marca Michigan - Modelo Clark 55BCUM - Año 1986 - Equipada con Motor Marca Cummins - Balde de Carga de 2,5 m³ - Rodado 20x5.25 C/Cabina.
Artículo 2º.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a instrumentar los procedimientos administrativos que resulten de mayor conveniencia a los intereses municipales, tendientes a concretar la venta de las unidades de propiedad municipal identificadas en el Artículo que antecede.
Artículo 3º.- Establécese que los fondos generados por las operaciones de venta resultantes de la presente sean reinvertidos en su totalidad en nuevo equipamiento del parque de vehículos y maquinarias del parque vial y automotor de la Municipalidad de María Grande, atendiendo para ello razones de necesidad y de orden operativo, en mejora de la prestación de servicios públicos ofrecidos a la comunidad y demás trabajos desarrollados dentro de la órbita municipal.
Artículo 4º.- De forma.
FIRMANTES :