Ordenanzas Nº 1087

ORDENANZA N°1087/25 - MICROCREDITOS

VISTO :

La Ley Provincial N° 11019 de Régimen de Microcréditos; y

CONSIDERANDO :

Que mediante dicha ley se crea un Régimen de Microcréditos con el objeto de la promoción y regulación del microcrédito a fin de estimular el desarrollo integral de los emprendimientos de la Economía Social en nuestra provincia;
Que la ley aprobada establece como instituciones de Microcréditos a asociaciones sin fines de lucro, cooperativas, fundaciones, Estado Provincial, municipios y comunas, sociedades del Estado o mixtas con participación estatal mayoritaria y pueblos originarios;
Que fundamentalmente es propósito de la ley citada promover el desarrollo del microcrédito y fortalecer las organizaciones que lo implementen, a través de asignación de recursos no reembolsables, préstamos, avales, asistencia técnica y capacitación;
Que el artículo 15° de la ley invita a los municipios a adherir a la política de otorgamiento de exenciones de impuestos y tasas en sus respectivas jurisdicciones, como así también a crear Fondos Provinciales o Municipales de Economía Social destinados a los mismos fines previstos;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A:
Artículo 1º.- Adhiérase la Municipalidad de María Grande a la Ley Provincial N° 11019 de Régimen de Microcréditos sancionada por la Legislatura de la Provincia de Entre Ríos en fecha 9 de noviembre de 2022.
Artículo 2°.- De forma.

FIRMANTES :

PATERER DANIEL ( Secretario del concejo deliberante. )

CONTA IRMA DORA ( Presidente del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, Sancionada: 6 de Agosto de 2025


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