
Ordenanzas Nº 1086
ORDENANZA N°1086/25 - CENTENARIO CAMG
VISTO :
Que el Club Atlético María Grande, más conocido como "el Rojo", fue fundado en agosto de 1925 por jóvenes entusiastas de la ciudad, constituyéndose formalmente el 10 de agosto de 1925 con su primera Comisión Directiva; y
CONSIDERANDO :
Que desde sus orígenes, el club ha sido un pilar comunitario en María Grande, impulsando distintas disciplinas deportivas y actividades sociales y culturales de gran arraigo local;
Que actualmente en el club se practican las disciplinas de básquet, vóley, newcom, fútbol masculino y femenino, hockey, pádel y fútbol 5;
Que en sus primeros años de existencia también se practicaron bochas, pelota a paleta, tenis criollo y pelota al cesto, lo que demuestra la diversidad y evolución deportiva de la institución a lo largo del tiempo;
Que Atlético María Grande fue uno de los clubes fundadores de la Liga de Fútbol de Paraná Campaña en 1953 y ha cosechado numerosos campeonatos regionales;
Que en agosto de 2025 la institución arribará a sus primeros cien (100) años de historia y servicio a la comunidad de María Grande;
Que en el marco de los festejos por el centenario, la institución llevó adelante iniciativas de gran impacto comunitario, incluyendo la exhibición de las copas conquistadas por la Selección Argentina (Mundial 2022, Copa América y Finalissima), lo que movilizó a vecinos, escuelas y familias de toda la región;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A:
Artículo 1º.- Declarar de interés municipal el centenario del Club Atlético María Grande, como reconocimiento a sus cien años de historia, desarrollo institucional y contribución al tejido social de la localidad.
Artículo 2°.- Felicitar formalmente a la comisión directiva y a dirigentes actuales y anteriores, así como a todos los socios, deportistas y colaboradores que han contribuido al crecimiento del club.
Artículo 3°.- Destacar la relevancia de las contribuciones deportivas, culturales y comunitarias, consolidándolo como una institución de referencia en la zona de Paraná Campaña.
Artículo 4°.- Promover que este hito centenario inspire proyectos de memoria histórica, así como actividades educativas y culturales vinculadas al deporte y a la identidad local.
Artículo 5°.- Impulsar que el Concejo Deliberante acompañe con su presencia y colaboración en las actividades conmemorativas oficiales, reafirmando el vínculo entre el Estado local y la comunidad.
Artículo 6°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
FIRMANTES :