Ordenanzas Nº 1107

ORDENANZA N°1107/25 - PRESUPUESTO 2026

VISTO :

Las disposiciones del Artículo 108° - Inc. g) de la Ley N° 10.027 - Régimen de Municipios de la Provincia de Entre Ríos y sus Modificatorias;
Que en atención a lo establecido por la mencionada normativa provincial, con intervención de la Contaduría Municipal se han estimado los recursos para el
Ejercicio Año 2.026 de esta Administración Municipal y consecuentemente se han evaluado las erogaciones que comprenderá dicho período;
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A:
Artículo 1º.- Estímense en la suma de Pesos Siete Mil Novecientos Cincuenta y
Nueve Millones Setecientos Treinta y Cuatro Mil Trescientos Cincuenta y Nueve ($7.959.734.359,00), los RECURSOS del Presupuesto General de la Administración Municipal de la Ciudad de María Grande para el Ejercicio 2026, conforme detalle que se comprende en cuadros y planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza:
Rubros                         Importe
Recursos Corrientes                $ 7.319.653.592,00
Recursos de Capital                     $ 352.580.767,00
Financiamiento                     $ 287.500.000,00
TOTAL RECURSOS                $ 7.959.734.359.00
Artículo 2º.- Fíjese en la suma de Pesos Siete Mil Novecientos Cincuenta y
Nueve Millones Setecientos Treinta y Cuatro Mil Trescientos Cincuenta y Nueve ($7.959.734.359,00) las EROGACIONES del Presupuesto General de la Administración Municipal para el Ejercicio 2026, conforme detalle analítico comprendido en cuadros y planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza:
Rubros                         Importe
Erogaciones Corrientes               $ 6.668.034.656,86
Erogaciones de Capital                $ 1.002.132.600,00
Aplicaciones Financieras                $ 289.567.102,14
TOTAL EROGACIONES                $ 7.959.734.359,00
Artículo 3°.- Dispónese que el Cálculo de Recursos para el Año 2026 queda sujeto al
contenido normativo del Código Tributario Municipal, Parte General y Especial, la
Ordenanza Impositiva Anual y las Leyes Provinciales y Nacionales en vigencia que
resulten de aplicación.
Artículo 4°.- Fíjese en Noventa (90) el número de cargos en planta de personal permanente, en Cuarenta (40) el número de cargos en planta de personal contratado y en Seis (6) el
número de cargos de funcionarios políticos de esta Administración.
Artículo 5°.- Establécese que serán nulos los actos administrativos y los contratos
celebrados por cualquier autoridad, aunque tuviera competencia para realizarlos, si de los
mismos resultare la obligación de pagar alguna suma de dinero que no estuviese
contemplada en el Presupuesto General de la Administración Municipal. Serán igualmente nulos los actos administrativos que designen personal en la planta cuando no existan cargos vacantes y los correspondientes créditos presupuestarios suficientes para tales fines, y sólo podrán realizarse calificaciones y/o promoción de ascensos cuando surgiere de una vacante especialmente identificada.
Artículo 6°.- De forma.

FIRMANTES :

PATERER DANIEL ( Secretario del concejo deliberante. )

CONTA IRMA DORA ( Presidente del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, Sancionada: 10 de Diciembre de 2025

Promulgada: 10 de Diciembre de 2025


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