Ordenanzas Nº 1104

ORDENANZA N°1104/25 - TERRENO LITVIN - ITKIN

VISTO :

El Expte. 1754/2025 mediante el cual la Sra. Rosana Judit Itkin, en su calidad de única heredera declarada de su madre, Lea Raquel Litvin, en el sucesorio caratulado "LITVIN LEA RAQUEL - ITKIN RAUL S/ SUCESORIO AB INTESTATO" Expte. 12648, que tramita ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°7 de Paraná, en virtud de las cesiones de derechos hereditarios realizadas a su favor por sus hermanos, solicita se arbitren los instrumentos jurídico administrativos pertinentes a efecto de dar cumplimiento a la Ordenanza N° 212/95 por el cual el Municipio aceptó la transacción mediante la cual este canceló una deuda que su madre tenía con el municipio por el monto de $3.374,80 a cambio de un inmueble de titularidad de la Sra. Litvin sito en la Manzana N° 121, calle Gdor. Uranga y Moisés Lebhenson de esta ciudad;
Los antecedentes obrantes en el mencionado expediente, incluido un relevamiento de las familias que habitan el terreno, e información catastral que identifica el inmueble con la matricula N° 109418; y

CONSIDERANDO :

Que la mencionada Ordenanza N° 212/95 en su art. 1° establece: "Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar la transacción ofrecida por la Sra. Lea Raquel Litvin de Itkin, L.C. 2.809.911, por la que ofrece un terreno de 2.500 Mts. 2 ubicado en la manzana 121 de Barrio Castaldo para saldar la deuda que mantiene con este Municipio por la construcción de pavimento frente a su propiedad, y por un monto de Pesos tres mil trescientos setenta y cuatro con ochenta centavos ($ 3.374,80);
Que no obstante lo dispuesto por la mencionada Ordenanza, al día de la fecha no se perfeccionó la transmisión de la titularidad del inmueble a favor del municipio, siendo ocupada de hecho desde hace décadas por al menos ocho familias que habitan el mismo en lotes que cuentan con partidas municipales propias a partir de permisos de ocupación otorgados por el municipio aun sin ser titular del inmueble;
Que dado el estado de ocupación del inmueble en cuestión, resultaría costoso para el municipio realizar la mensura y requerir la autorización de la escritura traslativa de dominio cuando el municipio no podrá aprovechar para si el mismo;
Que en virtud de ello, resultaría conveniente autorizar a la Sra. Itkin, en su calidad de heredera única de quien hubiera ofrecido el terreno como pago de la deuda ya descripta, el cual fue aceptado por el municipio, o a quien ella designe, para que escriture a título gratuito a favor de los ocupantes del inmueble, quedando todos los gastos de mensura, ficha de transferencia, escrituración, y cualquier otro que la transmisión del dominio requiera, a cargo de las familias que soliciten la regularización;
Que existen antecedentes que respaldan este tipo de accionar, como ser el caso de los terrenos pertenecientes a Jorge Isaac Koremblit, autorizándose mediante poder especial a letrados de nuestra ciudad para el otorgamiento de escrituras traslativas de dominio respecto de aquellos;
Que, resulta conveniente para la Municipalidad de María Grande que se adopte esta modalidad de regularización que representa una suerte de "tracto abreviado", dado que los permisos de ocupación fueron otorgadas por esta y el inmueble está actualmente cumpliendo un rol social al brindar una vivienda para sus ocupantes, sin que existan razones que lleven a pensar que el municipio pudiera requerir el desalojo del mismo para aprovecharlo para sí, no representando gasto alguno para el municipio, por quedar a cargo de los interesados, y brindar una solución para aquellos que tengan los medios y la intención de regularizar su situación dominial, incluida la heredera de la Sra. Litvin;
Que, en consonancia con lo antes dicho, este Departamento Ejecutivo Municipal pone a consideración del Honorable Concejo Deliberante el presente a fin de que autorice el otorgamiento de las mencionadas herramientas administrativo jurídicas para dar una solución a los afectados por esta situación que lleva larga data inconclusa sin comprometer las arcas municipales;
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A:
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- Autorízase a la Sra. Rosana Judit Itkin, o a quien esta designe, a otorgar escritura traslativa de dominio respecto de la propiedad que su madre, Raquel Litvin de Itkin, ofreciera a cambio de la deuda cancelada mediante Ordenanza 212/95 a favor de los actuales ocupantes de ésta, titulares de permisos de ocupación otorgados por el municipio, sus herederos, sucesores, y/o cesionarios, a título gratuito, quedando los gastos de escrituración, mensura, y cualquier otro requerido para perfeccionar la transmisión del dominio, a cargo de los destinatarios del bien.
Artículo 2°.- Dispónese que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área que corresponda, proceda a notificar fehacientemente a los actuales ocupantes del inmueble identificado con matrícula N° 109418 -titulares de permisos de ocupación otorgados por el Municipio, sus herederos, sucesores, y/o cesionarios- acerca de la presente Ordenanza, a los fines de que tomen conocimiento de la autorización conferida a la Sra. Rosana Judit Itkin y puedan, en su caso, iniciar los trámites de regularización dominial a título gratuito, asumiendo exclusivamente los gastos de mensura, escrituración y cualquier otro inherente a la transmisión del dominio, conforme a lo dispuesto en el artículo precedente.
Artículo 3°.- Dispónese que, cumplido con lo dispuesto en el artículo precedente, el Departamento Ejecutivo Municipal proceda a notificar fehacientemente a la Sra. Rosana Judit Itkin respecto de la identidad de los ocupantes del inmueble identificado con matrícula N° 109418.
Artículo 4°.- Deróguese la Ordenanza N° 212/95 en todo aquello que se contraponga con la presente, dejándose a salvo la facultad del Municipio para requerir la escrituración a su nombre, ya sea del total, parte, o remanente del inmueble identificado con la matrícula N° 109418, en caso de que este quede libre de ocupación por parte de los titulares de permisos de ocupación otorgados por el Municipio, sus herederos, sucesores, y/o cesionarios.
Artículo 5°.- Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.

FIRMANTES :

CONTA IRMA DORA ( Presidente del concejo deliberante. )

PATERER DANIEL ( Secretario del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, Sancionada: 26 de Noviembre de 2025

Promulgada: 26 de Noviembre de 2025


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